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Sociedad

Asistencia familiar: derechos desde la gestación en Bolivia

Por Édgar Choquevillca·2 Sep 2026

Asistencia familiar: derechos desde la gestación en Bolivia

La Ley 603 en Bolivia establece que la asistencia familiar puede ser demandada desde el embarazo. Este beneficio busca satisfacer las necesidades básicas de la mujer gestante y del recién concebido, como explicó el abogado Roberto Orellana en el programa El Mañanero.

Orellana aclaró que la asistencia familiar es tanto un derecho como una obligación dentro del ámbito familiar. A menudo se piensa que solo involucra a los padres e hijos, pero también puede aplicarse en situaciones donde los hijos deben asistir a sus padres, especialmente si estos son de la tercera edad.

Solicitud desde la concepción

El abogado enfatizó que, conforme al artículo 109 de la Ley 603, la asistencia familiar puede iniciarse desde el momento de la concepción. Esto significa que la mujer embarazada tiene el derecho de solicitar este apoyo para cubrir gastos relacionados con la atención médica, alimentación y otras necesidades durante el embarazo.

Para llevar a cabo esta solicitud, la mujer debe presentar una demanda ante un juez de familia y proporcionar documentación que confirme su estado, como una prueba de embarazo o una ecografía. Además, es posible indicar quién es el padre para iniciar el proceso legal correspondiente.

Es importante destacar que la asistencia familiar no tiene carácter retroactivo. Si un padre no ha cumplido con sus responsabilidades durante la infancia de un niño y se presenta una demanda posteriormente, no se acumularán las obligaciones anteriores. La asistencia solo se aplica desde el momento en que se formaliza la solicitud.

Orellana subrayó que la asistencia familiar no se limita a la entrega de dinero, sino que busca asegurar el cumplimiento de necesidades básicas para aquellos miembros de la familia que requieren apoyo económico, incluidas las madres durante el embarazo, como lo indica el inciso V del artículo 109.