Gobierno modifica requisitos de crédito para vivienda y sector productivo
Por Máximo Uzeda·19 Sep 2026
El presidente Rodrigo Paz ha promulgado el Decreto Supremo 5714, el cual modifica los requisitos sobre los niveles mínimos de cartera que las entidades financieras deben destinar para créditos de vivienda y el sector productivo. Esta reducción permitirá que los bancos dirijan sus recursos hacia otras áreas de la economía.
De acuerdo con la justificación del decreto, la medida busca promover la diversificación del crédito, permitiendo una mayor flexibilidad para que las entidades de intermediación financiera asignen sus recursos a diferentes sectores.
Nuevos porcentajes de cartera por tipo de entidad
- Los Bancos Múltiples deberán mantener un 40% de su cartera total en créditos para el sector productivo y vivienda de interés social, con al menos un 25% destinado al sector productivo.
- Las Entidades Financieras de Vivienda deberán mantener un 30% de su cartera total en préstamos para vivienda de interés social.
- Los Bancos PYME deberán mantener un 30% de su cartera en créditos para pequeñas, medianas y microempresas del sector productivo.
En comparación con la norma anterior, el Decreto Supremo 1842, donde se establecía un mínimo del 60% para los bancos en estos créditos, se ha producido una disminución del 20% para las entidades mencionadas.
El nuevo decreto también aclara que los créditos otorgados para anticrético de vivienda, siempre que no superen los valores máximos establecidos para vivienda de interés social, podrán considerarse dentro de los niveles mínimos de cartera requeridos.
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